Nueva Ley de Movilidad en México

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CONOCE LA NUEVA LEY DE MOVILIDAD EN MÉXICO.

Recientemente se dio a conocer por parte del Senado de la República, la Nueva Ley de Movilidad y Seguridad, misma que se ha impulsado por parte del Partido “Movimiento Ciudadano” como la mejor pieza legislativa en América Latina, pues en palabras de sus propios integrantes; con ella se planea disminuir las muertes y lesiones que a diario son registradas a causa de accidentes viales.

Si bien esta Nueva Ley de Movilidad sigue sin imponer la regulación a los transportes de carga, ni mucho menos la obligación de contar con un Seguro Vehicular, impone el alcoholímetro a nivel nacional y prohibir estrictamente el uso de cualquier tipo de dispositivo móvil al conducir.

La Ley de Movilidad se integra de 82 artículos y a través de estos, señala principios como la jerarquía de movilidad, así como los derechos a las víctimas en siniestros de tránsito y a sus familiares.

En términos generales esta es una Ley en la que encontraremos los instrumentos de política pública en movilidad y seguridad vial para la infraestructura, el tránsito y gestión de la demanda; considerando la sensibilización, educación y formación en materia de movilidad y seguridad vial, junto a la distribución de competencias y coordinación.

Además, en la Ley de Movilidad se contemplarán los convenios de coordinación metropolitanos y la participación social de las entidades federativas, municipios y zonas metropolitanas.

¿DE QUÉ TRATA LA NUEVA LEY DE MOVILIDAD EN MÉXICO?

En la Nueva Ley de Movilidad se tocan temas trascendentales, tales como:

Alcoholímetro: donde se obligará a los estados y municipios a efectuar pruebas permanentes, en estas hay límites permitidos que son de .25 mg/L en aire respirado, 0.05 g/DL en sangre.

El alcoholímetro para motociclistas tendrá dos excepciones; la primera es que deberá ser menor a 0.1 mh/L en aire respirado y 0.02 g/DL en sangre.

Todas aquellas personas que conduzcan por encima de los límites de alcohol establecidos, se les retirará la Licencia para Conducir durante un período mínimo de 6 meses a 1 año.

Límites de Velocidad: en este apartado, la Nueva Ley de Movilidad fija un límite estandarizado de velocidad para todo el país, el cual consiste en lo siguiente:

  • 30 km/h en calles secundarias y calles terciarias.
  • 50 km/h en avenidas primarias sin acceso controlado.
  • 80 km/h en carriles centrales de avenidas con acceso controlado.
  • 80km/h en carreteras estatales fuera de zonas urbanas.
  • 50 km/h dentro de zonas urbanas.
  • 110 km/h para motocicletas y automóviles en carreteras y autopistas de jurisdicción federal.
  • 95 km/h para autobuses en carreteras y autopistas de jurisdicción federal.
  • 80 km/h para transporte de bienes y mercancías en carreteras y autopistas de jurisdicción federal.
  • Ninguna intersección puede tener una velocidad de operación mayor a 50 km/h en cualquiera de sus accesos.

Uso de Dispositivos Móviles: se prohíbe expresamente el uso de smartphones, además del envío y lectura de mensajes de texto, sin embargo se considera también el uso del celular para brindar servicios de transporte.

De acuerdo con la Nueva Ley de Movilidad, el dispositivo móvil deberá permanecer colocado correctamente en un sujetador, mismo que permita la fácil manipulación y no obstaculizar la visibilidad del conductor.

¿EN QUÉ CONSISTEN LOS EXÁMENES PRÁCTICOS EN LA NUEVA LEY DE MOVILIDAD?

Ya sea por un trámite de primera vez o por renovación, la Nueva Ley de Movilidad mediante el artículo 51, indica que, todas las personas que soliciten una Licencia o Permiso de Conducir, tendrán que acreditar el examen de valoración integral.

Este último, servirá para demostrar que las personas son aptas, pues en el examen teórico y práctico de conocimientos, se requiere comprobar que cumplen con las habilidades solicitadas.

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